España registra 5.000 muertes por coronavirus en los últimos 7 días.
El ministerio de Sanidad registra el domingo 6.528 muertes, 838 más en 24 horas. El número de contagiados asciende a 78.797 personas, 6.549 más en 1 día. El número de pacientes en UCI sube a 4.901 pacientes y el número de recuperados a 14.709. Solo cifras, sin porcentajes de evolución. La Comunidad de Madrid registra 3.082 fallecidos, 22.677 contagios, 1.429 pacientes en UCI y 7.421 altas. Seis autonomías están al borde del colapso en las unidades de vigilancia intensiva. Son, además de Madrid, Cataluña con 1.391 ingresados en UCI; Castilla La Mancha, con 299; Castilla y León, con 278; País Vasco, con 271; Navarra, con 75; Navarra, 43 y La Rioja, otros 43.
[ Cinco Días 24 / ]
Los nuevos servicios esenciales fuera del permiso retribuido.
1. Establecimientos minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas, productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio online, telefónico y correspondencia, tintorerías y lavanderías, hostelería y restauración con entregas a domicilio, transportes de mercancías, aduanas, suministro de energía eléctrica, productos derivados del petróleo y gas natural y operadores críticos de servicios esenciales. 2. Los trabajadores asociados a la producción de bienes y servicios de primera necesidad. 3. Los trabajadores de la hostelería y restauración con servicios de entregas a domicilio. 4. Los trabajadores de todas las actividades productivas del sector industrial manufacturero, y en especial, las de los sectores químicos, de medicamentos y farmacia, de alimentación y bebidas, los del textil, el vidrio, el tabaco y los productores de bienes de equipo y cadenas de valor de fabricación de todo tipo de tecnología sanitaria, material médico, equipos de protección, equipamiento sanitario y hospitalarios, los de producción de pasta, papel, cartón o celulosa y los de las actividades conectadas de suministros, equipos, materiales, materias primas y servicios profesionales de apoyo al desarrollo de estas actividades. 5. Los trabajadores de servicios de transporte de personas y mercancías delegadas. 6. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. 7. Las Fuerzas Armadas. 8. El personal de empresas de seguridad privada. 9. Los trabajadores de los centros, servicios y establecimientos sanitarios. 10. Las empleadas del hogar y los cuidadores. 11. Los trabajadores de medios de comunicación pública y privada y los de los kioscos de prensa. 12. Los trabajadores de los servicios financieros y de seguros. 13. Los trabajadores de la industria electrointensiva, siderúrgica, altos hornos y minería, las de producción y suministro de servicios de calefacción y aire acondicionado. 14. Los trabajadores de fabricación de baterías de plomo y materiales necesarios para la prestación de servicios sanitarios. 15. Los trabajadores de plantas de ciclo de producción continuo. 16. Los trabajadores de la industria aeroespacial y de defensa. 17. Los trabajadores de empresas de telecomunicaciones y de servicios informáticos esenciales 18. Los trabajadores de empresas de servicios esenciales de protección y atención a víctimas de violencia de género. 19. Los trabajadores de gestión y abono de las prestaciones públicas, subsidios y las del sistema de la Seguridad Social. 20. Los trabajadores de las gestorías administrativas y de graduados sociales, asesorías, despachos profesionales, servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales y los dedicados al asesoramiento legal, fiscal, empresarial, sociolaboral y de la defensa de los consumidores. 21. Personal laboral de notarías y registros para el cumplimiento de los servicios esenciales de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública. 22. Las autoridades civiles responsables de la salud pública y los relacionados con la gestión de la emergencia sanitaria. 23. A los trabajadores de los servicios funerarios, de construcción de nichos y otras actividades ligadas a estos servicios. 24. Los trabajadores de los servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia y los gestión y tratamiento de residuos sólidos urbanos y peligrosos, de descontaminación. 25. Los trabajadores de los centros de acogida a refugiados, de centros de estancia temporal de inmigrantes y a las entidades públicas y privadas subvencionadas por la secretaría de Estado de Migraciones y las de Protección Internacional y de la Atención Humanitaria. 26. Los trabajadores declarados o se puedan declarar esenciales. 27. Los del servicio postal universal. 28. Los de gestión y explotación de las autopistas de peaje, sus gasolineras y los de sus áreas de servicio. 29. Los trabajadores de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua. 30. Los trabajadores de los servicios meteorológicos, observación aeronáutica y de observación y predicción en defensa. 31. Los trabajadores aduaneros de servicios esenciales de las administraciones públicas. 32. Los trabajadores de servicios imprescindibles para el despacho, vigilancia y agencia tributaria. 33. Los trabajadores de importación y suministro de material sanitario, logística, transporte, almacenamiento, transito aduanero, corredores sanitarios y los reconvertidos en la fabricación y la importación de material sanitario. 35. Los de la distribución y entrega de productos adquiridos online, vía telefónica y por correspondencia. 36. Los trabajadores de los servicios mínimos de mantenimiento y conservación de las instalaciones paralizadas. 37. Los trabajadores de servicios a distancia, salvo los cancelados entre empleador y empleado. 38. Los trabajadores en situación de incapacidad temporal los días de vigencia del permiso regulado por el último decreto ley. 39. Los trabajadores de los servicios esenciales de la actividad patronal y sindical. 40. Los trabajadores para salvaguardar la seguridad de las personas y el medioambiente, la sanidad animal, la seguridad de las minas, la prevención y extinción de incendios y las de búsqueda y rescate de personas.
[ Cinco Días 20.21 / ]
El decreto ley sobre los permisos retribuidos recuperables.
El consejo de ministros extraordinario del domingo acaba de aprobar para los trabajadores excluidos de los servicios esenciales un permiso retribuido desde hoy lunes 30 al próximo jueves 9 de abril para frenar la propagación del Covid-19 y reducir la movilidad a los niveles de los fines de semana. Los trabajadores recibirán el salario ordinario por la totalidad de la jornada habitual y todos los conceptos retributivos, sueldo base y complementos salariales. Los trabajadores negociarán con las empresas cómo recuperar las horas sin trabajar desde el fin de la alarma hasta el 31 de diciembre, a negociar con los sindicatos si tienen representación sindical y a través de una comisión integrada por los sindicatos más representativos de cada sector si carecen de ella. La patronales y autónomos protestan por la medida. CEOE, Cepyme y la asociación de autónomos, ATA, avanzan un impacto económico sin precedentes. La patronal catalana, Foment del Treball, había propuesto cargar al Estado con el 75% de los costes laborales del permiso a las empresas sin la liquidez necesaria para asumir las limitaciones de movilidad y reclama nuevas medidas fiscales.
[ Cinco Días 22 / El Economista 9.10 / Expansión 26 / ]
El Gobierno prohíbe despedir durante la pandemia y los 6 meses posteriores.
El Ejecutivo interviene el mercado laboral. Prohíbe despedir por causas objetivas por razones económicas, tecnológicas, organizativas y de producción. El Gobierno Sánchez replica la decisión del Gobierno francés y asume como suyas las peticiones de los sindicatos CCOO y UGT para tratar de garantizar el empleo a los trabajadores indefinidos y temporales. Los empleados acogidos a los ERTE por causa de fuerza mayor, alrededor de 1,8 millones de personas, cobrarán la prestación por desempleo. Las patronales CEOE y Cepyme censuran el decreto del Ejecutivo por arrojar sospechas y desconfianza sobre el empresariado y lo califican de perjudicial para el equilibrio económico y la salud de las cuentas públicas. El ministerio de Trabajo prohibió los despidos cuando detectó 2 millones de nuevos parados. El Gobierno acusa a la patronal de incumplir con el compromiso de recurrir al ERTE. La patronal CEOE acusa al Ejecutivo de saltarse el diálogo social al suspender la posibilidad de despedir mientras dure el estado de alarma. La patronal tratará de influir en la oposición para cambiar el decreto en el Congreso de los Diputados.
[ El Economista 8 / sábado 28 / Cinco Días 38 / El Economista 13 / Expansión 22 / ]